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Habilitación de Prestadores de Servicios



Con esta denominación se inscriben los prestadores de servicios de salud cuyo objeto social no es la prestación de servicios de salud y que por requerimientos propios de la actividad que realizan, brindan servicios de salud de baja y mediana complejidad de los grupos de consulta externa, apoyo diagnóstico y complementación terapéutica, y servicios de trasporte asistencial de pacientes, atención prehospitalaria y cuidado básico del consumo de sustancias psicoactivas, adicionalmente pueden realizar procedimientos exclusivamente de cirugía ambulatoria. No incluye la prestación del servicio de urgencias, servicio para la atención del parto y los servicios del grupo de internación. Los servicios habilitados no pueden ser ofrecidos en contratación dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Las entidades con Objeto Social Diferente deben cumplir con las siguientes condiciones de habilitación:

* Capacidad técnico-administrativa 

* Capacidad tecnológica y científica. 


Inscripción de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS y Habilitación de Servicios de Salud en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud REPS Resolución 3100 de 2019

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Documentos que debe presentar para realizar inscripción de un nuevo prestador con osd:

Para la inscripción de un nuevo prestador OSD, el representante legal de la entidad o suplente debe presentar en la ventanilla de habilitación ubicada en el primer piso del edificio administrativo de la Secretaría Distrital de Salud, debidamente diligenciados, los documentos que se mencionan a continuación: 

Nota: cuando los documentos sean presentados por el suplente debe aportar fotocopia de su documento de identidad y del documento de identidad del representante legal. En caso de que el trámite sea realizado por persona diferente al representante legal de la entidad o suplente, presentar autorización firmada y copia del documento de identidad de la persona que autoriza y del autorizado. 

​Para acceder a la página de REPS, haga clic aquí. 

Consulte aquí​ el instructivo para el diligenciamiento del Formulario de inscripción y Formulario de Declaración de Autoevaluación

Soportes

1. Copia impresa del certificado de existencia y representación legal vigente, no superior a 30 días a la fecha de radicación del formulario de inscripción. 

​​2. Copia impresa del documento de identificación del representante legal o del suplente cuando aplique. 

3. Copia impresa de la licencia de construcción. 

4. Copia impresa del plan de mantenimiento de la planta física: 

* Podrá ser el correspondiente al de la edificación donde se preste el servicio. 

* Todos los planes de mantenimiento deben incluir el equipamiento fijo. 

5. Copia impresa del certificado de conformidad de las instalaciones eléctricas. 

* Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con anterioridad a mayo del 2005, se solicitará una certificación expedida por un profesional competente en la cual certifique que las instalaciones eléctricas de la edificación donde se prestan los servicios de salud no representan alto riesgo para la salud y la vida de las personas y animales, o atenten contra el medio ambiente. Adicionalmente el prestador deberá presentar un plan de ajustes de las instalaciones eléctricas. 

* Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con posterioridad a mayo del 2005, o edificaciones adaptadas como instituciones de salud, se solicitará una certificación expedida por un organismo de inspección acreditado por la ONAC. 

* Para la verificación de la fecha de construcción, presentar Licencia de Construcción acorde con la normatividad de ordenamiento territorial del Distrito Capital, teniendo en cuenta que la dirección registrada en el formulario de novedades debe coincidir con la registrada en todos los documentos anexos para el trámite, de no coincidir la dirección se verificará trazabilidad, para lo cual se requiere presentar adicionalmente el certificado de tradición y libertad.

Para habilitar servicios de Transporte Asistencial de Pacientes

(Ambulancias) o el servicio de atención prehospitalaria anexar: Copia impresa de la tarjeta de propiedad de los vehículos o documento equivalente, si estos se encuentran a nombre de una persona diferente del representante legal, adicionalmente anexar documento de autorización del propietario donde indique que los vehículos harán parte de la capacidad instalada del servicio a habilitar. Copia impresa del certificado de revisión técnico – mecánica o documento equivalente. Para habilitar servicios de salud en la modalidad de telemedicina.

Para habilitar servicios de salud en la modalidad de telemedicina.

El prestador de servicios de salud que habilite servicios de salud en la modalidad de telemedicina adicionalmente debe presentar los siguientes documentos de acuerdo con el tipo de prestador: 

Prestador remisor 

*Copia impresa del contrato o convenio con el prestador de referencia inscrito en el REPS, con una relación de los servicios de salud que el prestador de referencia le garantizará al prestador remisor. 

Cuando el prestador de referencia sea del mismo prestador deberá presentar documento con la relación de los servicios de salud que garantizará al prestador remisor. 

* Copia impresa de la certificación de conexión a internet, que soporte el método de comunicación sincrónico o asincrónico, según sea el caso. 

Prestador de referencia 

* Copia impresa de la certificación de conexión a internet, que soporte el método de comunicación sincrónico o asincrónico según sea el caso. * Documento firmado por un ingeniero de sistemas con tarjeta profesional vigente, que certifica el cumplimiento de las responsabilidades determinadas para el uso de plataformas tecnológicas en telemedicina.


La recepción de los documentos no implica decisión favorable de su trámite, estos serán objeto de verificación y validación en un plazo de 15 días hábiles. 

Cuando los documentos presentados estén de conformidad y no requiera visita de verificación previa, la Secretaría Distrital de Salud radicará y registrará la inscripción del prestador de servicios de salud y simultáneamente expedirá la constancia de habilitación y autorizará en el REPS la generación el distintivo de habilitación de los servicios, momento a partir del cual se considera inscrito el prestador y habilitado el servicio y podrá ofertar y prestar los servicios de salud.

En caso de presentar inconsistencias en los documentos para el registro de la novedad de cambio de domicilio, se le informará vía correo electrónico al prestador para recoger los documentos e iniciar nuevamente el proceso sin perjuicio de la puesta en conocimiento ante las autoridades correspondientes cuando haya lugar. 

Nota: En la Resolución 544 de 2023: Artículo 7. Requisitos para el trámite de la inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud en el REPS. Para que un prestador de servicios de salud se inscriba y habilite servicios en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS, establece: en el Parágrafo 1 : El prestador de servicios de salud que cambie de NIT y continúe prestando los servicios de salud en la mismo domicilio y sede de manera ininterrumpida, deberá efectuar novedad de cierre del prestador y realizar de manera inmediata el trámite de inscripción del prestador, de acuerdo con lo establecido en el presente artículo y habilitar los servicios que vaya a continuar prestando ante la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias. Dichos prestadores no serán objeto de visita previa. La secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, deberá priorizarlos en el plan de visitas de verificación de la siguiente vigencia. 

Cuando se requiera visita de verificación previa, la Secretaría de Salud asignará código de inscripción al prestador y programará la realización de visita. 


Visita de verificación previa:

La Entidad con Objeto Social Diferente requiere visita previa cuando habilite alguno de los siguientes servicios: Para habilitar nuevos servicios oncológicos y transporte asistencial, esta visita se realiza por parte de la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias. 


Durante la visita de verificación previa se evaluarán las condiciones de habilitación que aplican a las entidades con Objeto Social Diferente, según lo establecido en el Numeral 8 Anexo Técnico-Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud: 


1. Condiciones de Capacidad técnico-administrativa 

2. Condiciones de Capacidad Tecnológica y Científica 


* Una vez realizada la visita de verificación, si la entidad cumple con las condiciones de habilitación, la secretaría de salud carga el resultado de la visita, radica y registra la inscripción del prestador de servicios de salud y simultáneamente expide la constancia de habilitación y autoriza en el REPS la generación el distintivo de habilitación de los servicios, momento a partir del cual se considera inscrito el prestador y habilitado el servicio y podrá ofertar y prestar los servicios de salud. 

*  Si al realizar la visita de verificación previa, el prestador de servicios de salud o el servicio no cumple con las condiciones de habilitación establecidas en el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de los Servicios de Salud, la Secretaría registrará en el REPS los resultados y el prestador de servicios de salud deberá iniciar nuevamente el trámite de inscripción del prestador. 


Novedades de habilitación de entidad con objeto social diferente

El prestador inscrito y con servicios de salud habilitados para realizar las novedades de habilitación debe ingresar con el usuario y contraseña asignados mediante el siguiente enlace haga clic aquí.

Al ingresar seleccione la novedad a realizar, diligencie y grabe la información correspondiente. Las novedades de habilitación en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud-REPS corresponden a: 


* Novedades de Prestador 

* Novedades de sede 

* Novedades de servicios 

* Novedades de capacidad instalada 


Para realizar las novedades de habilitación, los prestadores de servicios de salud deben anexar y radicar en físico los documentos requeridos para cada una de las novedades, en la ventanilla de habilitación ubicada en el primer piso del edificio administrativo de la Secretaría Distrital de Salud, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., en jornada continua.

La recepción de los documentos no implica la decisión favorable de su trámite, estos serán objeto de verificación y validación en un plazo de 15 días hábiles.

Cuando los documentos presentados estén de conformidad, la Secretaría de Salud cargará la novedad en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS y hará entrega del formulario de inscripción con el radicado.

En caso de presentar inconsistencias en los documentos para el registro de la novedad de cambio de domicilio, se le informará vía correo electrónico al prestador para recoger los documentos e iniciar nuevamente el proceso sin perjuicio de la puesta en conocimiento ante las autoridades correspondientes cuando haya lugar.


Nota: Cuando las novedades sean entregadas por el suplente, presentar fotocopia de su documento de identidad, del documento de identidad del representante legal y documento de existencia y representación legal. En caso de que el trámite sea realizado por persona diferente al representante legal de la entidad o suplente, presentar autorización firmada y copia del documento de identidad de la persona que autoriza y del autorizado. 

Cuando se trate de novedades en línea, el registro de la novedad será inmediato en el REPS; una vez diligencie la novedad correspondiente, grabe la información, verifique el correcto diligenciamiento del formulario e ingrese al menú Finalizar novedad trámite en línea, chequee las casillas y seleccione Aplicar novedad trámite en línea. No requiere presentar documentos ante la Secretaría Distrital de Salud.



Consulte los requisitos para presentar novedades de entidades con Objeto Social Diferente- OSD 

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