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Habilitación de Prestadores de Servicios



Son las entidades cuyo objeto social es la prestación de servicios de salud y se encuentran inscritas y con servicios de salud habilitados de conformidad con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud.

Inscripción de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS y Habilitación de Servicios de Salud en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud REPS Resolución 3100 DE 2019 


Documentos que debe presentar para realizar la inscripción de una nueva IPS: 

Para la inscripción de una nueva IPS, el representante legal de la entidad o suplente debe presentar en la ventanilla de habilitación ubicada en el primer piso del edificio administrativo de la Secretaría Distrital de Salud, debidamente diligenciados, los documentos que se mencionan a continuación: 


Nota:  cuando los documentos sean presentados por el suplente, debe aportar fotocopia de su documento de identidad y del documento de identidad del representante legal. En caso de que el trámite sea realizado por persona diferente al representante legal de la entidad o suplente, presentar autorización firmada y copia del documento de identidad de la persona que autoriza y del autorizado.


1.  Formulario de inscripción o reactivación (original y copia) firmado de puño y letra del profesional independiente, disponible aquí

Consulte el instructivo para el diligenciamiento 

2. Formulario Declaración de autoevaluación de servicios en el proceso e inscripción o reactivación generado por el REPS. 


Adicionalmente, ​para inscripción como institución prestadora de servicios de salud, debe presentar los siguientes soportes: 

​​

Soportes

a. Certificado de existencia y representación legal de ​la persona jurídica de acu​erdo con su naturaleza jurídica, expedida por la autoridad competente, con vigencia no superior a 30 días a la fecha de solicitud de inscripción. 

Nota: En el certificado de existencia y representación legal debe encontrarse registrado el Revisor Fiscal de la Entidad, el cual debe ser nombrado mediante acta. 

b. Copia impresa del documento de identificación del representante legal o del suplente cuando aplique. 

c. Certificación de suficiencia patrimoni​​​​al y financiera, emitida por el revisor fiscal. Vea aquí un ejemplo. 

d. Copia impresa de la tarjeta profesional del revisor fiscal. 

e. Copia impresa del NIT 

f. Copia impresa del RUT. 

Nota: En el registro Único Tributario debe encontrarse registrado el Revisor Fiscal de la Entidad. 

g. Copia impresa de la licencia de construcción. 

* Las instituciones prestadoras de servicios de salud que funcionen en edificaciones construidas antes del 2 de diciembre de 1996, al radicar el formulario de inscripción, deben aportar copia de la licencia de construcción o en su defecto el documento de reconocimiento de la edificación expedido por la autoridad competente, que autorice la destinación de la edificación para la prestación de servicios de salud. 

* Para Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, ubicados en edificaciones de uso mixto construidas, ampliadas o remodeladas con posterioridad al 2 de diciembre de 1996, se solicitará el permiso otorgado por la propiedad horizontal para la adecuación en la edificación de servicios de salud, y la licencia de construcción de la edificación. 

h. Copia impresa del certi​​​​ficado de seguridad de la edificación. 

i. Copia impresa del estudio de vulnerabilidad estructural. 

* Cuando una institución prestadora de servicios de salud con servicios de urgencias, de cirugía, o de cuidado intensivo neonatal, pediátrico o adulto, funcione en edificaciones construidas con anterioridad al 2010, deberá aportar la evidencia de haber realizado el estudio de vulnerabilidad estructural y adicionalmente un plan de cumplimiento para el reforzamiento estructural de la edificación en el marco de la normatividad vigente. Si dichas edificaciones fueron construidas con posterioridad a 201​​0, el prestador sólo deberá aportar la licencia de construcción en donde se evidencia la destinación para la prestación de servicios de salud. 

j. Copia impresa del plan hospitalario para emergencias. 

k. Copia impresa del plan de mantenimiento de la planta física:

* Todos los planes de mantenimiento deben incluir el equipamiento fijo.

l. Copia impresa del certificado de conformidad de las instalaciones eléctricas. 

* Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con anterioridad a mayo del 2005, se solicitará una certificación expedida por un profesional competente en la cual certifique que las instalaciones eléctricas de la edificación donde se prestan los servicios de salud no representan alto riesgo para la salud y la vida de las personas y animales, o atenten contra el medio ambiente. Adicionalmente el prestador deberá presentar un plan de ajustes de las instalaciones eléctricas. 

*  Para prestadores que funcionen en edificaciones construidas con posterioridad a mayo del 2005, o edificaciones adaptadas como instituciones de salud, se solicitará una certificación expedida por un organismo de inspección acreditado por la ONAC. 

* Para la verificación de la fecha de construcción, presentar Licencia de Construcción acorde con la normatividad de ordenamiento territorial del Distrito Capital, teniendo en cuenta que la dirección registrada en el formulario de novedades debe coincidir con la registrada en todos los documentos anexos para el trámite, de no coincidir la dirección se verificará trazabilidad, para lo cual se requiere presentar adicionalmente el certificado de tradición y libertad.

Para habilitar servici​​os de Transporte Asistencial de Pacientes

(Ambulancias) o el servicio de atención prehospitalaria anexar:

* Copia impresa de la tarjeta de propiedad de los vehículos o documento equivalente, si estos se encuentran a nombre de una persona diferente del representante legal, adicionalmente anexar documento de autorización del propietario donde indique que los vehículos harán parte de la capacidad instalada del servicio a habilitar. 

* Copia impresa del certificado de revisión técnico – mecánica o documento equivalente.

Para habilitar servicios en los que haga uso de equipos generadores de radiaciones ionizantes: ​​

Si va a habilitar un servicio de salud donde hace uso de equipos generadores de radiaciones ionizantes, anexar: 

* Copia impresa de la licencia de práctica médica vigente de los equipos que se encuentren en el servicio. Dicha licencia debe ser expedida por la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias. No es válido presentar el radicado del trámite de solicitud de la licencia para la inscripción o novedad en estos servicios de salud.

Para habilitar servicios de salud en la modalidad de telemedicina.

El prestador de servicios de salud que habilite servicios de salud en la modalidad de telemedicina adicionalmente debe presentar los siguientes documentos de acuerdo al tipo de prestador:​

Prestador remisor 

* Copia impresa del contrato o convenio con el prestador de referencia inscrito en el REPS, con una relación de los servicios de salud que el prestador de referencia le garantizará al prestador remisor. Cuando el prestador de referencia sea del mismo prestador deberá presentar documento con la relación de los servicios de salud que garantizará al prestador remisor. 

* Copia impresa de la certificación de conexión a internet, que soporte el método de comunicación sincrónico o asincrónico, según sea el caso. 

Prestador de referencia 

* Copia impresa de la certificación de conexión a internet, que soporte el método de comunicación sincrónico o asincrónico según sea el caso. 

* Documento firmado por un ingeniero de sistemas con tarjeta profesional vigente, que certifica el cumplimiento de las responsabilidades determinadas para el uso de plataformas tecnológicas en telemedicina. 

* El prestador de servicios de salud que habilite servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo adicionalmente debe presentar la licencia para prestación de servicios en seguridad y salud en el trabajo para persona jurídica expedida por la autoridad competente.

Para habilitar los Servicios 407 y/o 423 ​

En caso de habilitar el servicio 407- Medicina del Trabajo y Medicina Laboral y/o 423 Seguridad y Salud en el Trabajo, anexar Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo como persona jurídica, expedida por el Ente Territorial.

La recepción de los documentos no implica la decisión favorable de su trámite, estos serán objeto de verificación y validación en un plazo de 48 a 72 horas como máximo.

Cuando los documentos presentados estén de conformidad, la Secretaría de Salud asignará código de inscripción al prestador y programará la realización de visita de verificación previa.

En caso de encontrar inconsistencias o errores en los documentos, serán devueltos para su corrección o ajuste según proceda y deberán ser presentados nuevamente para adelantar la inscripción del prestador, sin perjuicio de la puesta en conocimiento ante las autoridades correspondientes cuando haya lugar.

Nota: 

En la Resolución 544 de 2023: Artículo 7. Requisitos para el trámite de la inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud en el REPS. Para que un prestador de servicios de salud se inscriba y habilite servicios en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS, establece: en el Parágrafo 1 : El prestador de servicios de salud que cambie de NIT y continúe prestando los servicios de salud en la mismo domicilio y sede de manera ininterrumpida, deberá efectuar novedad de cierre del prestador y realizar de manera inmediata el trámite de inscripción del prestador, de acuerdo con lo establecido en el presente artículo y habilitar los servicios que vaya a continuar prestando ante la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias. Dichos prestadores no serán objeto de visita previa. La secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, deberá priorizarlos en el plan de visitas de verificación de la siguiente vigencia.

Visita de verificación previa: 

Se requiere Visita de Verificación Previa para inscribir una nueva institución prestadora de servicios de salud; esta visita se realiza por parte de la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias.

Durante la visita de verificación previa se evaluarán las condiciones de habilitación que aplican a las IPS, según lo establecido en el Numeral 8 Anexo Técnico-Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud:

  1. Condiciones de Capacidad técnico-administrativa
  2. Condiciones de Suficiencia Patrimonial y Financiera
  3. Condiciones de Capacidad Tecnológica y Científica
  • Una vez realizada la visita de verificación, si la IPS cumple con las condiciones de habilitación, la Secretaría de Salud cargará el resultado de la visitará, radicará y registrará la inscripción del prestador de servicios de salud y simultáneamente expedirá la constancia de habilitación y autorizará en el REPS la generación el distintivo de habilitación de los servicios, momento a partir del cual se considera inscrito el prestador, habilitado el servicio y podrá ofertar y prestar los servicios de salud.
  • Si al realizar la visita de verificación previa, el prestador de servicios de salud o el servicio no cumple con las condiciones de habilitación establecidas en el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de los Servicios de Salud, la Secretaría registrará en el REPS los resultados y el prestador de servicios de salud deberá iniciar nuevamente el trámite de inscripción del prestador.

Novedades de Habilitación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS

El prestador inscrito y con servicios de salud habilitados para realizar las novedades de habilitación debe ingresar con el usuario y contraseña asignados mediante el siguiente enlace.

Al ingresar seleccione la novedad a realizar, diligencie y grabe la información correspondiente. Las novedades de habilitación en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud-REPS corresponden a:

  • Novedades de Prestador
  • Novedades de sede
  • Novedades de servicios
  • Novedades de capacidad instalada

Para la realización de las novedades de habilitación los prestadores de servicios de salud deben anexar y radicar en físico los documentos requeridos para cada una de las novedades, en la ventanilla de habilitación ubicada en el primer piso del edificio administrativo de la Secretaría de Salud de Bogotá de lunes a viernes en horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada continua.

La recepción de los documentos no implica la decisión favorable de su trámite, estos serán objeto de verificación y validación en un plazo de 48 a 72 horas como máximo.

Cuando los documentos presentados estén de conformidad, la Secretaría de Salud cargará la novedad en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS y hará entrega del formulario de inscripción con el radicado.

En caso de encontrar inconsistencias o errores en los documentos, serán devueltos para su corrección o ajuste según proceda y deberán ser presentados nuevamente para realizar la novedad correspondiente.

Nota: Cuando las novedades sean entregadas por el suplente, presentar fotocopia de su documento de identidad, del documento de identidad del representante legal y documento de existencia y representación legal. En caso de que el trámite sea realizado por persona diferente al representante legal de la entidad o suplente, presentar autorización firmada y copia del documento de identidad de la persona que autoriza y del autorizado.

Cuando se trate de novedades a las que aplique trámite en línea, el registro queda aplicado de manera inmediata en el REPS una vez registre la novedad correspondiente, grabe la información, verifique el correcto diligenciamiento del formulario e ingrese al menú Finalizar Novedad trámite en línea chequee las casillas y seleccione Aplicar novedad trámite en línea

No requiere presentar documentos ante la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.


Consulte aquí los requisitos para presentar novedades de Institución Prestadora de Servicios de Salud