1 |
Política Infancia Y Adolescencia |
Infancia |
Secretaria de Integración Social en el comité distrital de infancia y adolescencia CODIA |
Decreto 520 de 2011 Ley 1098 de 2006 – Código de Infancia y Adolescencia
|
Línea 106: Atendemos inquietudes de niños y niñas, para hacer de Bogotá un territorio amigable, libre de malos tratos y violencias. @linea_106 Somos un espacio en el que puedes conversar, hablar, dialogar o expresarte. |
Marca 106 desde cualquier teléfono fijo o celular. Es gratis.
Contáctanos a través de Whatsapp: 3007548933.
Contáctanos a través de Facebook linea106
|
Niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
|
2 |
Política De Juventud |
Jóvenes |
Secretaria de Integración Social |
Política que se encuentra en Construcción. |
1.e orientación en salud sexual y reproductiva y agendamiento digital de consultas de anticoncepción. 1.SEXPERTO: Plataforma virtual que presta servicios de orientación en salud sexual y reproductiva y agendamiento digital de consultas de anticoncepción. nsultas de anticoncepción.
|
1. www.se 1. www.sexperto.com
2. Servicios de Acogida Juveniles - SAJ: El usuario puede solicitar información a los siguientes correos electrónicos para conocer la ubicación de la Estrategia SAJ en su localidad.
Subred norte: lideressaj@gmail.com.com.
Subred suroccidente: sajsuroccidente@gmail.com
Subred Centro Oriente: saj@subredcentrooriente.gov.co
Subred Sur: acogidajovenessubredsur@gmail.com.
Así mismo se pueden comunicar a la línea psicoactiva para ampliar la información.
La línea opera de lunes a domingo (incluidos los festivos) en el horario de 7:30 a.m. a 10:30 p.m. Los canales de atención a la población son:
Línea telefónica gratuita: 018000 112 439
Skype: @linea.psicoactiva
Línea de WhatsApp : 301 2761197 |
1. Adolescentes y jóvenes, actualmente para el agendamiento de citas solo está activo para usuarios de CAPITAL SALUD. 2. Niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre 10 y 26 años. |
3 |
Política Pública De Y Para La Adultez: |
Adultos |
Secretaria de Integración Social |
Decreto 544 de 2011
Decreto 345 de 2010_Política Pública de Infancia y Adolescencia de Bogotá
|
Línea 106: espacios de comunicación atendida por psicólogos donde se puede conversar, hablar, dialogar o expresarte. |
1.
Whatsapp 3007548933, línea telefónica gratuita marcando 106 desde un fijo o celular, facebooklinea106. |
1. Todas las personas que residan en Bogotá.
|
4 |
Política Pública Para El Envejecimiento Y La Vejez: |
Adultos Mayores |
La secretaría Técnica es ejercida por la Secretaría Distrital de Integración Social-Subdirección para la Vejez. |
Decreto 345 de 2010 |
1.
Espacio de Vivienda:
Cuidado para la salud de personas, familias y cuidadores. Instituciones de protección y atención integral a personas mayores.
Actualmente: Se realiza seguimiento por video llamada en temas específicos donde se requiera mayor precisión en las indicaciones, uso de imágenes de apoyo o visualización o lograr la interacción con varias personas de la institución.
•Se hace énfasis en la identificación de alertas para acudir a los servicios de salud, incluyendo los relacionados con Covid-19. Estos propenden por el cumplimiento del plan de manejo ordenado en los servicios de salud, seguimiento a tratamiento farmacológico.
•También se desarrollan acciones promocionales para la adopción de comportamiento y conductas para la salud, donde se incluyan acciones preventivas para poblaciones diferenciales en personas mayores, así como medidas de control y cuidado con personas con enfermedad respiratoria y las sugeridas ante la pandemia por Covid-19 Zonas de cuidado especial o severidad Realizar acciones que permitan mitigar las complicaciones en colectivos con enfermedades previas, vulnerabilidad o de mayor edad, en el marco de la pandemia por COVID-19, identificadas en los cuadrantes priorizados de Bogotá.
2. Gobernanza: Proceso de implementación de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez a nivel intersectorial con planes de acción locales de las políticas y la estrategia de abordaje territorial (EAT), con el propósito de construir acciones colectivas concertadas, para la promoción de la salud de la población mayor.
|
1. Las personas mayores que desean remitir un hogar integral para que participe dentro del proceso podrá comunicarse con el teléfono. Contáctanos a través de 3649090 Ext. 9838. Amontel@saludcapital.gov.co
Solicitar hablar con coordinador (a) de espacio de Vivienda
2. Las personas interesadas podrán comunicarse con las referentes de las diferentes subredes integradas de servicios de salud, para dar a conocer sus inquietudes sobre los procesos de prevención y promoción de la salud de grupos de personas mayores, que se encuentren en las diferentes localidades del distrito.
Subredes de servicios de salud: con el componente de Gobernanza -referente de la política pública social para el Envejecimiento y la Vejez.
Contáctanos a través de Teléfono: 3649090 Ext. 9838. Amontel@saludcapital.gov.co
Comprende todas las actividades de promoción de la salud y gestión de la salud pública para la articulación de la respuesta social a las necesidades identificadas en los territorios asociadas a la COVID-19 y a la mitigación de los efectos socioeconómicos por la pandemia con enfoque poblacional, diferencial Resolución 521 de 2020.
|
Personas adultas mayores del Distrito Capital. |
5 |
Política De Víctimas Del Conflicto Armado |
Víctima del conflicto Armado |
Nación: Unidad Especial para la Atención y Reparación Integral a Víctimas del conflicto (UARIV)
Distrito: Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación (ACDVPR) |
LEY 1448 DE 2011 “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones"
DECRETO 4800 "Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones"
DECRETO 4633 "Por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los Pueblos y Comunidades indígenas"
DECRETO 4634 "Por medio del cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes al pueblo ROM o Gitano"
DECRETO 4635 "Por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras"
|
Componente de Atención Psicosocial - PAPSIVI - Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas del Conflicto Armado.
La atención psicosocial a víctimas del conflicto armado es una de las medidas de reparación: la Rehabilitación. Esta favorece la recuperación o mitigación de los daños psicosociales y el sufrimiento emocional generado a las víctimas, sus familias y sus comunidades, como consecuencia de las violaciones a los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
|
El requisito para acceder al componente de atención psicosocial del PAPSIVI es tener el RUV (Registro Único de Victimas).
Los lugares de acceso a la atención psicosocial son:
CLAV CHAPINERO: Calle 63 No.15-58 3813000 ext.4624
CLAV SUBA: Transversal 126 No.133-32 Barrio la Gaitana. 3813000 ext 4627
CLAV RAFAEL URIBE URIBE: Calle 22 sur No. 14A -99. Barrió Gustavo Restrepo. 3813000 ext 4631
CLAV BOSA: Calle 69A sur No. 92-47 Barrio metro vivienda. 3813000 ext 4628
|
Personas inscritas en el Registro Único de Víctimas. |
6 |
Política Pública Distrital Para El Fenómeno De Habitabilidad En Calle |
Habitante De Calle |
Secretaría Distrital de Integración Social |
Decreto 560 de 2015 |
Gestión de la política a través de la participación, movilización social y posicionamiento para de la implementación de Política Pública del Fenómeno social de habitanza en calle, con base en la actualización del plan de acción de la política y las agendas públicas locales, a fin de implementar articuladamente acciones de abordaje integral de las dinámicas territoriales del fenómeno social Todo ello, desde tres ejes de intervención: prevenir la habitanza en calle; atender integralmente en salud para avanzar en restablecimiento de derecho y la inclusión social; gestionar a nivel sectorial e intersectorial la restitución de derechos y la disminución de barreas en el acceso a los servicios; en articulación concertada y ordenada con organizaciones de la sociedad civil y ciudadanías autoconvocadas en el territorio de habitanza en calle, entendido éste como construcción social, El Sector Salud realiza identificación y caracterización de las personas de calle, personas en calle y en riesgo de habitar calle abordándolas desde as situaciones de la vida callejera y orientarlas con relación a reducción del daño, derechos sexuales y derechos reproductivos, eventos crónicos, transmisión sexual o respiratoria, vacunación, mentales y de convivencia, entre otros; así como, la activación de rutas de atención a los servicios de salud y sociales buscando la aceptación voluntaria al acceso a las redes que mantienen y refuerzan lazos sociales que propician bienestar y servicios de salud que mejoran sus condiciones de vida. En articulación con la secretaria Distrital de Integración Social se actualiza permanentemente el aseguramiento en salud de las personas que manifiestan ser personas de calle. Así mismo, se trabaja con las Empresas Administradoras del Plan de Beneficios en salud la atención poblacional diferencial y género en los servicios asistenciales de salud. |
Mayor información en el correo situacionencalle@saludcapital.gov.co o el teléfono 3649090 ext 9832 |
Personas en situación de calle:
son las personas que permanecen en la calle de manera permanente y transitoria:
* Personas habitantes de la calle: aquellas “que hacen de la calle su lugar de habitación, donde satisfacen todas sus necesidades ya sea de forma permanente o transitoria, es decir, desarrollan todas las dimensiones de su vida en el espacio público (actividades de su vida íntima y social).
**
Personas habitantes en calle: aquellas que usan la calle para sobrevivir, alternan el trabajo en la calle, la casa y la escuela, es decir, cuentan con un espacio privado diferente de la calle donde residen, sea la casa de su familia, la habitación de una residencia o un hotel. |
7 |
Política Pública Etnias |
Indígenas |
Secretaria Distrital de Gobierno- Subdirección de Asuntos Étnicos |
DECRETO 543 DE 2011
Decreto 4633 DE 2011 |
Atención a familias indígenas desde la medicina ancestral e intercultural en siete cabildos Indígenas: Muisca de Suba, Muisca de Bosa, Kichwa en Engativá, Pijao en Usme, Wounaan en Ciudad Bolívar, Inga y uitoto en Candelaria, con equipos extramurales indígenas que acompañan a las familias en el acceso a los servicios de Salud.
|
Cabildo Indígena Inga Localidad de Candelaria Calle 12 #9- 66 4° piso, Martes 10:00 a 2:00pm Teléfono: 2845893
Cabildo Indígena Uitoto Localidad de Candelaria Calle 9 # 9-60, Jueves 2:00 a 5:00pm Teléfono: 3143650459
Cabildo Indígena Wounaan Localidad de Ciudad Bolivar Transversal 18 I Bis A 72 -54 Sur
Cabildo Indígena Pijao Localidad de Usme Carrera 2 B 90 B 71 Sur, Viernes 9:00 a 1:00pm
Cabildo Indígena Kichwa Localidad de Engativa Calle 77 a # 80a - 25 Segundos piso Barrio la Granja, Martes 9:00 a 4:00pm
Cabildo Indígena Muisca de Suba Localidad de Suba Calle 146 C bis # 90-23, teléfono: 6810025, lunes a viernes de 9:00 a 12:30 y de 1:30 a 3:00 pm
Cabildo Indígena Muisca de Bosa Localidad de Bosa Transversal 87 B 79 C 42 Sur San Bernardino, Lunes y Sábado de 8:00 a 4:00 Teléfono: 3002103120 |
|
8 |
|
Afrodescendiente |
Secretaria Distrital de Gobierno- Subdirección de Asuntos Étnicos |
ACUERDO 175 DE 2005 |
Fortalecimiento de Acciones de Seguimiento, monitoreo y acompañamiento a la comunidad Afrodescendiente con la práctica de saberes propios y promoción de la salud en el marco de la prevención del COVID-19.
La circular 015 de 2020 emitida por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud y Protección Social "Por la cual se recomienda la prevención contención y mitigación del coronavirus en grupos étnicos" y el documento soporte de orientaciones "lineamiento para la prevención, detención y manejo de casos de coronavirus COVID-19 para la población étnica en Colombia"
|
La circular 015 de 2020 emitida por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud y Protección Social "Por la cual se recomienda la prevención contención y mitigación del coronavirus en grupos étnicos" y el documento soporte de orientaciones "lineamiento para la prevención, detención y manejo de casos de coronavirus COVID-19 para la población étnica en Colombia"
|
Personas auto reconocidas como Afrodescendientes y las que requieran el servicio. |
9 |
|
Raizales |
Secretaria Distrital de Gobierno- Subdirección de Asuntos Étnicos |
DECRETO 554 DE 2011 |
Operación de cuatro centros de escucha con población Raizal en la subred Norte y la Organización ORFA, generando espacios de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en los jóvenes y adultos mayores de la comunidad. |
Para acceder a las orientaciones
e información correspondiente a la población Raizal desde la subred Norte y con alcance a todas las localidades del distrito, se puede contactar a:
correos: orgraizal@gmail.com ddforbesj@unal.edu.co hmedinabush@gmail.com
Contacto telefónico: 3143161301-3213438762
En los horarios de: 1. Fortalecimiento de saberes - sábados 2. Actividades colectivas - Segundo lunes del mes.
|
Personas con auto reconocimiento de pertenencia étnica raizal y con procedencia de las Islas de San Andrés y providencia y Santa Catalina. |
10 |
|
Gitanos |
Secretaria Distrital de Gobierno- Subdirección de Asuntos Étnicos |
DECRETO 582 DE 2011 |
Atención a familias Gitanas desde la Subred Sur Occidente en las localidades de Kennedy y puente Aranda con un equipo extramural que acompañan a las familias para la garantía al acceso a los servicios de salud.
|
Para acceder a los servicios o información correspondiente a Gitanos, para mayor información se puede comunicar a los siguientes:
correos
rromnikali@gmail.com
cristosandro@gmail.com pueblogitanolupe@gmail.com
Contacto telefónico:3178715154
|
|
11 |
Política De Discapacidad |
Población con Discapacidad |
Sistema Distrital de Discapacidad y la Secretaría técnica actualmente en cabeza de la Secretaría de Educación del Distrito. |
Decreto 470 de 2007 |
Se
Implementa la estrategia de soporte social Rehabilitación Basada en Comunidad (RBC) para población con discapacidad con acciones: nodos de familias para empoderamiento en cuidado y autogestión, fortalecimiento de líderes promotores de la salud y la inclusión, red de familias cuidadoras de la discapacidad, desarrollo de capacidades para la autonomía y grupos de semilleros de inclusión, a través de equipos extramurales por localidad.
Proceso de Registro para la localización y caracterización de Personas con Discapacidad.
|
La
oferta de servicios y programas para la población con discapacidad desde los distintos sectores de la administración está a disposición en el aplicativo “oferta Discapacidad Bogotá OBD. www.gesisds.com / clic ingresar/usuario: invitado_OBD/contraseña invitado.
Para consulta de lineamientos técnicos de la estrategia Rehabilitación basada en comunidad: http://www.saludcapital.gov.co/Paginas2/Salud_Urbana.aspx
Para proceso de Registro para la localización y caracterización de Personas con Discapacidad ingresar a http/www.saludcapital.gov.co /Servicio al Ciudadano/Tramites y Servicios/Inscripción en el registro para la localización y caracterización de Personas con Discapacidad. |
Personas con discapacidad de cualquier edad, cuidadores, líderes comunitarios interesados en participar en la estrategia Rehabilitación Basada en Comunidad (RBC) o tenga necesidad de servicios y programas de salud. |
12 |
Política Pública De Mujeres Y Equidad De Género |
Mujeres |
Secretaría Distrital de la Mujer |
DECRETO 166 DE 2010
Acuerdo 091 de 2003 mediante el cual se estableció el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género y se ordenó su formulación |
1. La Línea Púrpura Distrital “Mujeres que escuchan Mujeres" es una línea de atención telefónica gratuita que funciona los 7 días de la semana las 24 horas. A esta línea puedes llamar inclusive si no tienes minutos. Es atendida por mujeres psicólogas y enfermeras quienes realizan acciones de orientación, información, atención, acompañamiento y seguimiento a mujeres mayores de 18 años de la ciudad de Bogotá en casos donde se identifica algún tipo de vulneración en el derecho a una vida libre de violencia las mujeres y en temas de salud para las mujeres, tales como derechos sexuales y reproductivos, y maternidad entre otros.
Nuestros canales de contacto son:
La línea gratuita 018000112137 El chat vía WhatsApp al número 300 755 1846
Correo electrónico:
lineapurpura@sdmujer.gov.co
Si en el marco del confinamiento preventivo por la pandemia Covid 19 eres una mujer víctima de violencia de género (sexual, física, psicológica y/o económica) llama ya a la Línea Púrpura.
2. La SDS pone al servicio de las mujeres en Bogotá los “Servicios Integrales de Salud para las Mujeres” en los cuales las mujeres afiliadas a Capital Salud encontrarán atención individual con calidez, abordando el enfoque de género y de derechos de Salud, atenciones relacionadas con temas de salud sexual y reproductiva, anticoncepción, asesoría para IVE desde las tres causales de ley, asesoría psicosocial y atención en medicina general.
Están ubicados en los siguientes CAPS:
- Subred Suroccidente: CAPS Porvenir - Subred Sur: CAPS Betania - Subred Norte: CAPS Chapinero - Subred Centro Oriente: CAPS Perseverancia.
3. Espacio Público: Acciones individuales para mujeres desde tecnologías como seguimientos telefónicos, video llamadas, acciones individuales en temas de prevención de violencias de género, pautas de prevención del Covid 19, socialización de directrices distritales en el marco del Covid 19, cuidado, autocuidado, salud mental y otros temas de salud plena de las mujeres, acciones de canalización intersectorial y activación de rutas.
|
1. Línea Púrpura Distrital “Mujeres que escuchan mujeres” Línea de atención gratuita: 018000112137
2. Teléfonos de contacto: CAPS Porvenir: 7 83 00 82
CAPS Betania: 7 30 00 00 Ext 1070 CAPS Chapinero: 3 45 38 72
CAPS Perseverancia: 3078181
3. Secretaría Distrital de Salud - Subsecretaría de Salud Pública
|
1. Mujeres mayores de 18 años de la ciudad de Bogotá.
2.
Mujeres en su diversidad y de todos los ciclos vitales.
3. Mujeres en su diversidad y de todos los ciclos vitales.
|
13 |
Política Lesbianas, Gays, Bisexuales, Travestis E Intersexuales - Lgbti |
Población LGBT |
Secretaria Distrital de Planeación, Dirección de Diversidad Sexual |
Decreto 062 de 2014 |
Realizan centros de escucha por cada Subred, donde un equipo interdisciplinario realiza acciones de promoción y prevención frente a la salud integral de los sectores LGBT, en los cuales se trabajan acciones pedagógicas, tamizaje en VIH y sífilis, fortalecimiento de redes, atención psicosocial, activación de rutas a servicios tanto de salud como a nivel social. |
Estos centros de escucha se realizan de manera itinerante teniendo en cuenta los recorridos planteados por las subredes
|
Tienen acceso a estos espacios la comunidad de mujeres diversas, hombres y mujeres trans, así como hombres gays y personas bisexuales, que se identifiquen como tal. |