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Cobro y pago de servicios no POS

 

Resolución distrital 1016 del 1 de julio de 2015 

Resolución distrital 1632 del 29 de septiembre de 2015

De conformidad con lo estipulado en la Resolución 1479 de 2015 expedida por el Ministerio de Salud, la Secretaría Distrital de Salud emitió la Resolución Distrital 1016 del primero de julio de 2015 modificada por la Resolución 1632 del 29 de septiembre de 2015. Mediante estos actos administrativos se establece el procedimiento para la prestación, el cobro, la verificación y el pago de servicios y tecnologías en salud sin cobertura en el Plan Obligatorio de Salud (NO POS), provistas a los afiliados al Régimen Subsidiado en el Distrito Capital.

Esta Dirección Territorial de Salud ha elegido el modelo descrito en el Capítulo 2 de la Resolución 1479 de 2015, según el cual la prestación de los servicios de salud NO POS aprobados por el Comité Técnico Científico de la EPS u ordenados por fallo de tutela, se realizará a través de la red de prestadores de la EPS.

Cuando la IPS/ESE haga parte de la red de la EPS y de la red contratada por la Secretaría Distrital de Salud para la atención en salud de la población participante no asegurada, podrá cobrar los servicios NO POS prestados con cargo al contrato suscrito con esta Secretaría.

En el caso de prestadores de la EPS que no tengan contrato con esta Dirección Territorial de Salud, el cobro será intermediado por la EPS. Los soportes para la radicación de cuentas así como el procedimiento de auditoría, verificación y control se describen en los Anexos 1 y 2 de la Resolución Distrital 1016 de 2015.

El recobro seguirá vigente si: (1) existe fallo de tutela que ordena tratamiento integral o servicios NO POS, (2) el juez faculta a la EPS a recobrar al Fondo Financiero Distrital de Salud, (3) el servicio NO POS es un medicamento vital no disponible, (4) la atención brindada no permite la fragmentación de la factura en servicios POS y NO POS para los respectivos pagadores, y (5) la EPS ya ha hecho anticipo para la prestación de servicios a alguna IPS/ESE.